domingo, 17 de marzo de 2024

Un DNU inconstitucional


Por Carlos Almenara

El jueves 14 el Senado de la Nación rechazó el Decreto de Necesidad y Urgencia que dictó Milei a pocos días de asumir.

El mamotreto, por su extensión y amplitud de materias, no tiene antecedentes históricos, nunca hubo algo igual, deroga o modifica más de 300 leyes y otras normas. Cuando se argumenta que no se impugnaron los DNU anteriores, con lo que se da a entender que se sería injusto con éste, se incurre en una falacia, porque nunca hubo un DNU de este tenor, una verdadera reforma de la Constitución de hecho. El único parangón histórico es la designación de dos jueces de la Corte, también por decreto, a cargo de Macri, intento que fue “normalizado” con la ayuda de Pichetto que le consiguió el apoyo senatorial.

¿Es sensato acaso derogar la ley de alquileres sin discutir? ¿Cuál es la necesidad y urgencia de derogar la ley de góndolas? ¿No podría ser una herramienta, junto a la Ley de Abastecimiento que también se deroga, para combatir la inflación que pega tan duro? No hay muchas alternativas que sospechar lo inconfesable para derogar la Ley de Tierras. ¿Es éste el mecanismo idóneo para modificar códigos de fondo, como el Civil y Comercial? Si tanto presumen de desregular todo, ¿por qué meten mano en la AFA que es una entidad privada? ¿Por algún negocio?

A las anteriores podemos sumar decenas de preguntas, pero las expuestas alcanzan para corroborar que el DNU es inconstitucional, que nunca hubo avasallamiento semejante, que en casi todos los artículos no hay necesidad ni urgencia (pero sí negociados) y que lo que corresponde es que cada temática se trate legislativamente por separado.

No hemos mencionado ni los considerandos ni las facultades delegadas.

En los considerandos se ve la pluma de Milei y los bolazos que le hemos escuchado. Por ejemplo afirma que “la emisión de dinero… (es) la única causa de la inflación empíricamente cierta y válida en términos teóricos”. La frase es mentira, pero en todo caso, corresponde a una discusión teórica de economía política. La pretensión de Milei de decretar qué es verdad y qué no en una ciencia social debería bastar para cambiarle el chaleco antibalas por un chaleco de fuerza.

A alguien inestable y mentiroso como Milei, que decreta que la inflación argentina en 2023 viajaba a 17.000%, cosa que vio él sólo, el DNU prevé arrogarle facultades delegadas en casi todas las materias.

Por supuesto, ningún opositor, ningún no oficialista tiene deber de “darle gobernabilidad”, “darle las normas que pide”. No sólo no tiene deber de hacerlo, al contrario tiene el deber de no hacerlo. Hacerlo implica incumplir las funciones de funcionario público.

Por ejemplo, los diputados Verasay, Nieri y otros que han anunciado que votarán a favor en Diputados, deben explicar por qué están a favor de derogar la Ley de Góndolas, por qué es negativo tener una Ley de Compre Nacional o un Observatorio de Precios. Si ellos no están de acuerdo con estas medidas, si nos las pueden fundamentar, si tienen al menos una disidencia parcial con el DNU no deben votarlo. Deben tratar individualmente proyectos legislativos. Todo el daño que causan y causen estas normas en el futuro no será imputable sólo a Milei sino también a sus cómplices aún en el Congreso.

Esto mismo vale para los propios diputados oficialistas de La Libertad Avanza. Cada uno de ellos tiene legitimidad para votar en disidencia con un mandato que consideren injusto o erróneo (y deberían considerar injusto y erróneo este esperpento).

Al rechazo en Senadores debe seguir su tratamiento en Diputados, que aún no tiene fecha. Si la cordura, la responsabilidad y la Patria se imponen a la rosca entre fulleros a espaldas del pueblo, si la decencia se impone a las coimas, el DNU debe ser rechazado.

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